Libro de Reclamaciones

Libro de Reclamaciones

Conforme a la normativa de SUSALUD para establecimientos de salud y al Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 29571), ponemos a tu disposición nuestro Libro de Reclamaciones virtual para registrar quejas y reclamaciones sobre nuestros servicios.

Respuesta en hasta 30 días hábilesNúmero de seguimiento asignado automáticamente
Queja

Malestar o desacuerdo con la atención recibida sin solicitar compensación económica. Ej.: trato del personal, tiempos de espera.

Reclamación

Disconformidad con un bien o servicio por el que se pagó, pudiendo solicitar devolución o compensación. Ej.: cobro incorrecto, servicio no prestado.

1

Identificación del usuario (paciente) o tercero legitimado

Domicilio

2

Identificación del reclamo

S/

Opcional — indícalo solo si aplica una reclamación económica

3

Detalle del reclamo

0/1500 caracteres (mínimo 30)
0/500 caracteres — opcional
4

Autorización y declaración

Autorizo notificación de resultado de reclamo al e-mail consignado

Estimado usuario: usted puede presentar su denuncia ante SUSALUD ante hechos o actos que vulneren o pudieran vulnerar su derecho a la salud, o cuando no le hayan brindado un servicio, prestación o cobertura solicitada, o ante la negativa de atención de su reclamo o disconformidad con el resultado del mismo.

Declaración jurada

Declaro que los datos consignados son reales y que los hechos descritos corresponden a mi experiencia personal con los servicios de Clínica La Luz.

Marco legal

SUSALUD

Superintendencia Nacional de Salud

Establece el formato y campos mínimos del Libro de Reclamaciones para establecimientos de salud.

Ley N° 29571

Código de Protección y Defensa del Consumidor

Establece la obligación de contar con Libro de Reclamaciones y el plazo de respuesta.

INDECOPI

Autoridad de supervisión

Fiscaliza el cumplimiento de las normas de protección al consumidor y atiende denuncias.